La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, resolvió por mayoría, hacer lugar a la impugnación extraordinaria interpuesta por el abogado Rubén Darío Germanier y su defendido, el cura Marcelino Ricardo Moya, contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2020 por la Sala Nº II de la Cámara de Casación Penal de la ciudad de Concordia; y dejar sin efecto las decisiones de grado adoptadas sobre el particular.
Asimismo, resolvió declarar la prescripción de la acción penal ejercida en autos contra Moya por los hechos atribuidos, todos ellos calificados como delitos de promoción de la corrupción agravada reiterada y abuso sexual simple agravado en concurso real entre sí; dictando su sobreseimiento.
Claudia Mizawak.
Voto en contra
El primer voto correspondió a la vocal Claudia Mizawak quien, entendió que hubo responsabilidad y encubrimiento de las autoridades eclesiásticas hacia la conducta abusiva a menores por parte Moya. La vocal compartió el análisis constitucional y convencional que efectuaron tanto los magistrados del Tribunal de Casación de Concordia como los jueces de mérito, “atento a que en el presente caso se han verificado circunstancias fácticas extraordinarias, que deben ponderarse para resolver la controversia (prescripción o no de la acción penal) desde una perspectiva integradora y conciliadora del derecho doméstico y el internacional”.
Daniel Carubia
Votos de prescripción
A su turno, el vocal Daniel Carubia, fundamentó la prescripción de la acción penal señalando que los otrora menores, denunciaron los hechos acusatorios contra Moya (ocurridos entre 1993 y 1995) el 29 de junio de 2015.
Consideró que “ aunque se insista desde los órganos de la acusación pública en la existencia de supuestos impedimentos para acceder a la justicia y transcurrido el tiempo, ya crecidos aquellos menores, convertidos en adultos y superadas las circunstancias impeditivas que supuestamente habrían existido en la época de los hechos, no es dable encontrar explicación ni razón alguna para que no hayan podido acceder a la justicia, antes de transcurrido el plazo de prescripción de la acción penal, lo cual pudieron hacer y sus denuncias hubieran tenido el adecuado tratamiento”.
Miguel Ángel Giorgio
Adhesión
Por su parte, el vocal Miguel Ángel Giorgio recordó su postura al votar como integrante de la antigua Cámara del Crimen Sala I de Paraná (en el caso "Ilarraz") y que mantuvo en ocasión de votar como Vocal de esta Sala en autos "Ríos", por lo que adhirió a los fundamentos desarrollados por Carubia en su voto.
Condena
El 5 de abril de 2019, el sacerdote Marcelino Ricardo Moya fue condenado a 17 años de prisión por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay al haberlo hallado culpable de los delitos de promoción de la corrupción agravada reiterada y abuso sexual simple agravado en concurso real entre sí.
El 14 de diciembre de 2020, la Cámara de Casación Penal de Concordia, rechazó el recurso de apelación presentado por los defensores de Moya, y confirmó la condena.