Alejandro Lezana referente Zona Centro de Neuquén Federación Inquilinos Nacional, dijo que continua vigente Decreto 320/20 hasta el 31/3/21 ( ahora decreto 66/2021 ) para todos los inquilinos y las inquilinas del país, desde la federación se emitió el siguiente comunicado:
1. Para los que se les venció o vence el contrato en estos días:
Te corresponde extensión automática hasta el 31/3, por el mismo precio que venías pagando. En abril podés firmar un nuevo contrato o mudarte. No se acumula deuda de ningún tipo.
? 2. Para los que tienen contrato vigente y les toca algún aumento pactado:
Si tenés contrato vigente con aumento pactado en el contrato, podés no pagar el aumento (o el total del alquiler) y luego pagar esa deuda a partir de abril, en 6 ó 12 cuotas sin punitorios.
? 3. CBU
El cbu es obligatorio que te lo pase. Si no lo hace, no pagás.
? 4. DESALOJOS
Está prohibido que te desalojen por falta de pago. No te pueden desalojar hasta Abril y tiene que haber una mediación obligatoria previa.
? 5. GARANTÍAS
Hasta el 1/10/21 no pueden ejecutar garantía y si tenés seguro de caución, la financiera no puede saldar deudas pendientes.
? 6. DEUDAS
Las deudas podrán ser pagadas a partir de abril en 6 a 12 cuotas. No podrán superar el 3% mensual de interés según establece el Banco Central.
? 7. MEDIACIÓN OBLIGATORIA
Hasta el 1/10/21 no pueden iniciar juicio de desalojo, previa mediación obligatoria y gratuita que deberán establecer las provincias y la ciudad de Buenos Aires
? 8. El decreto rige para vivienda y comercio.
La notificación a inmobiliaria o propietario puede ser por Whatsapp o mail, simplemente poniendo: "Haré uso de la extensión del decreto 66/21 ".-
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