En Argentina existe el Programa Médico Obligatorio, éste es el responsable de establecer cuáles son las prestaciones básicas de salud. Es un conjunto de prestaciones que todas las Obras Sociales o prepagas tiene que cubrir de manera obligatoria e inexcusable, cualquiera que sea el plan, con las que toda persona debe contar a lo largo de su vida. Este plan se encuentra estipulado en la Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud y en el Decreto 492/1995 del poder judicial.
Sin importar cuál sea el sueldo de una persona, debe tener garantizado el acceso a los servicios básicos de salud de forma igualitaria, integral y humanizada, que respondan al mejor nivel de calidad disponible y garanticen a las personas la obtención del mismo tipo y nivel de prestaciones eliminando toda forma de discriminación.
Las especialistas Daiana Torres y Laura Desimo, ambas trabajadoras sociales e integrantes de Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental Comunitaria del Hospital Regional, explicaron que las prestaciones estipuladas en el Programa Médico Obligatorio son bastante amplias y que el objetivo es que el paciente reciba una atención en los distintos niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria. ¿Querés saber más? En esta columna tenés todos los detalles sobre este Programa.
Hoja de Ruta| Equipo: Andrea Miranda, Elena Yrrazabal y Amanda Khöler| Operación técnica: Luis Villegas| Imagen: ilustrativa|
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