El Superior Tribunal de Justicia reiteró al Poder Ejecutivo chaqueño que debe proseguir y concluir el proceso de consulta previa, libre e informada a los pueblos preexistentes para la implementación del juicio por jurado indígena.
La consulta debe hacerse de acuerdo al artículo 75 de la Constitución Nacional; concordante del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo; además de los artículos de la Declaración de la Organización de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas; y de la Declaración Americana sobre esos mismos derechos para, finalmente, cumplir con la normativa para la creación del juicio por jurados que propone la constitución de Chaco.
En este contexto, cabe informar que en el sistema judicial de esa provincia, desde 2015 se incorporaron intérpretes indígenas, tras el caso de una violación grupal a una adolescente Qom de la localidad de El Espinillo. En aquella instancia, no se llegó a una verdadera justicia dado que los funcionarios judiciales no comprendieron el idioma de la víctima ni su denuncia.
De acuerdo a la resolución del Superior Tribunal de Justicia, la creación del Registro Especial de Traductores e Intérpretes de Lenguas Indígenas garantiza el efectivo acceso a justicia de los pueblos originarios.
(Foto: gentileza Chacodíapordía)
INFORME: Diego Martínez Garbino, Área de Pueblos Indígenas de Radio Nacional
WEB: Josefina Adrover
EMISORA: Radio Nacional Gualeguaychú