Boletín Oficial

El Gobierno dispone iniciar proceso de jubilación de empleados públicos que cumplan con condiciones

Los empleados públicos en condiciones de jubilarse deberán iniciar los trámites para ingresar al sistema previsional, dispuso hoy el Gobierno, al tiempo que instruyó a los titulares de las carteras que tienen a ese personal a cargo a intimarlos a realizar las gestiones administrativas en un plazo máximo de 30 días.

La medida busca "asegurar la eficiencia en la gestión de los recursos humanos", explica la resolución 3/2024, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el secretario de Transformación del Estado y Función Pública, Maximiliano Matías Narciso Fariña.

"Instrúyase a los titulares de las entidades comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias a intimar, en un plazo no mayor a 30 días hábiles al personal que reúna las condiciones establecidas en el artículo 19 de la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones N° 24.241 a iniciar los trámites administrativos a fin de ingresar al sistema previsional", sostiene el texto.

La medida rige para los empleados de planta permanente que cumplan con los requisitos para acceder al sistema previsional y, según se publica en los considerandos, la decisión busca "lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, reduciendo el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.

En tanto, quedan exceptuados los agentes "cuya continuidad se requiera por razones de servicio debidamente fundadas en una necesidad estratégica para el normal funcionamiento del área”. En esos casos, y siempre que el rango no sea inferior al de secretario, podrán pedir una "autorización excepcional para prorrogar el plazo a seis meses".

La solicitud deberá ser aprobada por la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, y tendrá que solicitarse en forma electrónica.

"La solicitud de prórroga deberá estar justificada circunstanciadamente, sin perjuicio de la obligación del organismo de llevar a cabo las medidas tendientes a reemplazar al agente en condiciones de jubilarse”, explicita la resolución.

La medida oficializada hoy va en línea con el artículo 1° de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, que declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año, y en su capítulo I, referido a la reorganización administrativa, que faculta al Poder Ejecutivo a "mejorar el funcionamiento del Estado".