En el marco de su política de desregulación, el Gobierno nacional flexibilizó la exportación e importación de las obras de arte, una medida que busca que los artistas accedan al mercado internacional "sin trabas, sin restricciones, ni trámites engorrosos".
La decisión, dispuesta mediante el decreto 1037/2024 publicado hoy en el Boletín Oficial, excluye a las obras que constituyen patrimonio cultural de la Nación por tener "carácter de inajenables, inembargables e imprescriptibles".
En la normativa se determina que "será libre el traslado de obras de arte, conforme los términos comerciales que el exportador o importador acuerde con el transportista", y se aclara que "no existirá límite a la cantidad de obras de arte exportadas o importadas, sea como equipaje de mano, equipaje acompañado, equipaje no-acompañado y/o encomienda".
A la vez, se elimina la certificación de obras para la exportación para obras de artistas con más de 50 años de fallecidos, para las que se requería una licencia de exportación que otorgaba al Estado o a terceros residentes una opción de preferencia en la compra de las obras.
Asimismo, para los galeristas se amplían los periodos de exportación e importación transitoria de uno a cinco años, lo que según el Gobierno era un reclamo del sector y generará ahorros para el manejo de obras de artes en exposiciones y ferias.
Ahora, para determinar la legitimidad de la exportación de una obra de arte el Estado sólo va a requerir completar un formulario en el aeropuerto, que se podrá hacer a toda hora. Además, se elimina el comité que otorgaba las licencias.
Según se explica en el decreto publicado hoy, la nueva normativa se aplicará a la importación y exportación de las siguientes obras de arte de artistas argentinos o extranjeros, "hechas a mano con o sin auxilio de instrumentos de realización o aplicación, incluyendo aerógrafos":
- Pinturas realizadas sobre telas, lienzos, cartón, papel o cualquier otra clase de soportes con aplicaciones al óleo, acrílicos, pastel, lápiz, sanguínea, carbón, tinta, acuarela, témpera, por cualquier procedimiento técnico, sin limitación en cuanto a la creación artística.
- Collage y assemblage. Cuadros matéricos con aplicación de pintura o no; cuadros que introducen objetos en su estructura proporcionando un efecto de relieve; combinación de cuadro pintado y montaje de materiales; obras que resulten exclusivamente de pegar y montar diversos objetos sobre cajas y/o placas o chapas.
- Esculturas: las piezas de bulto o en relieve ejecutadas en piedra, metales, madera, yeso, terracota, arcilla, fibrocemento, materias plásticas u otros materiales.
- Grabados, estampas y litografías originales. Las impresiones en aguafuerte, punta seca, buriles, xilografías, litografías y demás planchas grabadas por cualquiera de los procedimientos empleados en ese arte; las pruebas obtenidas directamente en negro o en color en una o varias planchas con exclusión de cualquier procedimiento mecánico o fotomecánico, serigrafías artesanales.
- Cerámicas: las obras que se realizan por acción del fuego sobre cualquier clase de material, ya sean creaciones unitarias o en serie, siempre que esta última constituya una línea de reproducción hecha a mano por el artista.
- Arte textil que comprende técnicas tejidas y no tejidas (papel hecho a mano y fieltro), con exclusión de cualquier procedimiento mecánico o industrial hechos en serie y que además no constituyan una línea de reproducción hecha a mano por el artista ni que constituyan una artesanía.
Sturzenegger y Cifelli celebraron la medida
Tras publicarse la medida, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, posteó en la red social X: "Las trabas burocráticas en este mercado son leyenda: gente haciendo trámites para sacar los cuadros que sus hijos pintaron en la escuela, pintores yéndose a vivir unos meses afuera para poder vender su obra en el exterior, compradores internacionales que no logran recibir sus obras en tiempo (un galerista contaba de un cliente del exterior a quien no pudo llegarle la obra en tiempo por lo que tuvo que producir una réplica)".
"También, colecciones que tenían que salir y volver a entrar porque no podían estar fuera del país más de un año, o permisos para importar la obra pero con autorización para estar en un solo lugar (una galería que tenía que restaurar obra tuvo que cerrar una semana porque no podían llevarle la obra al restaurador)", graficó.
Analizó que "para eliminar esta parafernalia, el decreto elimina la licencia de exportación que obligaba a ofrecer ciertas obras para su adquisición al Estado previo a sacarlas del país", consideró que "este engorroso trámite, lesivo del derecho de propiedad, demandaba hasta 16 firmas" y apuntó que "lo tragicómico es que decenas de miles de artistas y galeristas tuvieron que hacerlo los últimos 30 años, para que el Estado nunca, ni una sola vez, ejerciera esa opción".
"La obligación de darle la opción de compra al Estado, a su vez, era un disuasivo a la conformación de colecciones de arte en el país. Importar una obra era equivalente a perder el derecho de venderla ya que nunca se sabía si el Estado ejercería su derecho y a qué precio", indicó y planteó que ahora "para exportar o importar una obra solo será necesario completar un formulario en el aeropuerto como el que hace unos años completábamos cuando sacábamos una computadora del país".
"Por si fuera poco, y como a la importación de obras sí pagan IVA, se amplían los periodos de exportación e importación transitoria (para quien quiera usar esta modalidad) de uno a cinco años (un reclamo histórico de los galeristas), generando importantes ahorros para el manejo de obras de artes en exposiciones y ferias", cerró.
En tanto, el secretario de Cultura, Leonardo Cifelli, evaluó en redes que el decreto "es una excelente noticia para la libre circulación de obras de arte" porque "elimina las trabas de importación y exportación de obras artísticas que limitaban la posibilidad de que el arte argentino llegue a todo el mundo" y debido a que "aumenta el tiempo de los permisos temporales a 5 años para que galeristas y artistas puedan presentar sus obras en diferentes exposiciones y galerías internacionales".
También celebró que "le quita al Estado el derecho a frenar durante meses la salida del país de obras o incluso de comprarlas cuando se trataba de artistas con más de 50 años de fallecidos".
"Vamos a seguir protegiendo el Patrimonio Histórico Nacional con la legislación vigente. Desde la Secretaría de Cultura mantenemos actualizado el Registro Nacional de Bienes Culturales, por la Ley N° 25.197, reforzando que los bienes declarados Patrimonio Nacional son de dominio público, inajenables e inembargables", enfatizó.
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