El blanqueo de capitales con el que el Gobierno busca impulsar al sector de la construcción se puso en marcha con la creación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del Registro de Proyectos Inmobiliarios, para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.
A través de la resolución 4976 publicada en el Boletín Oficial, el organismo oficializó la creación del Registro de Proyectos Inmobiliarios y reglamentó además el Programa de Normalización que habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.
De este modo, la AFIP completó la reglamentación necesaria para dar inicio al régimen de blanqueo e incentivos fiscales destinado a la construcción, que se promulgó el pasado 12 de marzo.
Antes de presentar la declaración jurada a la AFIP, los sujetos que adhieran al programa deberán depositar sus tenencias en moneda nacional o extranjera en una “Cuenta especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (Cecon.Ar) Ley 27613”, reglamentadas recientemente por el Banco Central.
Según los plazos de acreditación de las tenencias de moneda declaradas, el contribuyente deberá presentar una declaración jurada por cada período y abonará el impuesto especial en las fechas previstas por la normativa para cada caso: mayo (alícuota 5%), junio (10%) y julio (20%).
La resolución de la AFIP establece que el ingreso del impuesto especial se realizará mediante el procedimiento de transferencia electrónica de fondos y no podrán afectarse fondos depositados en la cuenta especial para el pago del gravamen y el pago total en forma previa resultará condición necesaria para la presentación de la declaración jurada.
Etiquetas: Servicio Informativo