NUEVA LEY DE TRANSITO

Analizan quiénes pueden manejar dentro y fuera del país

La presidenta del Colegio Notarial de San Rafael, escribana María Marta Díaz, explicó varios puntos de la ley de tránsito, relacionados con las autorizaciones para conducir dentro y fuera del país, la validez de los documentos, costos comparativos y seguro del automotor.

En primer lugar la escribana se refirió a las autorizaciones para conducir: las tarjetas azules y el documento notarial. La profesional destacó que los dos documentos “tienen la misma validez.”

La cédula de identificación para autorizado a conducir  (tarjeta azul) es expedida por el registro del automotor y “es una para cada autorizado”- explicó Díaz, mientras que la autorización que hacen los escribanos públicos puede incluir a más de una persona. (de hecho no hay un límite, puede incluir a muchos autorizados).

Las autorizaciones emitidas por escribanos deben especificar el tiempo que tendrán de vigencia (un viaje, un mes, de forma indefinida, etc.) y los lugares por donde se autoriza a conducir (la provincia, el país o el exterior). La escriba aclaró que por ejemplo si se realiza una autorización para viajar a Chile, el requisito es que el acta “debe ser legalizada por el Colegio Notarial.”

Es importante destacar que la tarjeta azul “tiene fecha de vencimiento” y la autorización realizada por un escribano dependerá de si fue hecha por un plazo determinado, si no, no tiene vencimiento “hasta que el propietario decida revocarla.”

Respecto de los costos la escribana comentó que la diferencia consiste en que la tarjeta se cobra por autorizado mientras que la autorización notarial puede incluir a muchas personas en el mismo documento y no tiene costo extra. Finalmente recordó que la nueva ley de tránsito 9.024 en su artículo 40 refiere específicamente a la validez de la cédula azul y la autorización por escribano púbico con la misma fuerza, “o sea que ningún policía les puede decir que nos válido”-remarcó.

Es dable destacar, con relación a la cobertura del seguro del automotor, que si un conductor protagoniza un siniestro vial sin tener alguno de los dos documentos que pruebe autorización para conducir, “muchas veces el seguro no responde”. Se aconseja además, comunicar a la compañía aseguradora cuando un autorizado vaya a viajar si es que no va acompañado por el titular del vehículo.