En diálogo con Poné Primera, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez sostuvo que la resolución del Ministerio de Seguridad de la Nación que establece nuevas pautas para el uso de armas de fuego de las fuerzas de seguridad contradice orden jerárquico de las leyes, ya que –según Gil Domínguez- una “resolución ministerial no puede establecer que conductas están penadas o no”.
En este sentido, el jurista fundamentó que sólo el Congreso de la Nación es “el órgano competente para decir que conductas están penadas o no”, ya que la definición de quién y cuándo está autorizado a matar por parte del Estado, “necesita de un amplio consenso de los representantes de las fuerzas políticas”.
Además, Gil Domínguez advirtió que el protocolo, “si bien invoca en sus considerados” los principios de Naciones Unidas sobre el empleo de la fuerza y de armas, en la letra de la resolución se aparta “de la lógica de los principios” y “los contradice”.