En el convenio rubricado la empresa RBA AMBIENTAL, pone a disposición de los socios de la AEHGB, los contenedores del material sin cargo como beneficio exclusivo para esta entidad.
Los establecimientos hoteleros y gastronómicos deben cumplir con la normativa sobre el comúnmente llamado “aceite usado de cocina”, ya que se establece la prohibición de verter o disponer directa o indirectamente a las redes y colectores cloacales, conductos pluviales, sumideros, cursos de agua o el suelo, ya sea mediante evacuación, depósito o cualquier otra forma, luego de su primera fritura, solos o mezclados con otros líquidos, como así también, sus componentes sólidos mezclados o separados. Dichos residuos deben ser recolectados y tratados fuera de los establecimientos generadores, por transportistas y operadores debidamente registrados, según lo determinado en la presente.
Para quienes incumplan, la Municipalidad dispuso en la ordenanza aprobada en el año 2011 diferentes multas como apercibimiento, infracción, clausura y baja de habilitación comercial.
La ordenanza permite al sector turístico ser más eficientes y responsables a la hora de disponer de un residuo tan contaminante para el medio ambiente, mejorar los procesos de seguridad y limpieza, asegurar la calidad de los alimentos e implementar programas de sustentabilidad.
Cabe recordar que el aceite de cocina usado, es todo aquel aceite proveniente, en forma continua o discontinua, de establecimientos de todo tipo que generan o elaboran productos comestibles y que, en su utilización, han sufrido un proceso térmico que ha cambiado las características propias del producto original. La correcta disposición del aceite evita la contaminación de aguas urbanas.