Las nuevas autoridades del Banco Nación deberán decidir si aceptan o no al único oferente que se presentó en la subasta pública para adquirir un catastro vecino al Santuario de la Virgen de la Peña. La comunidad guaraní Yariguarenda presentó un amparo en la justicia federal, que ordenó detener la venta y solicitó un informe al Banco Nación.
El Juzgado Federal de Tartagal hizo lugar al amparo colectivo que presentó la Comunidad Yariguarenda, del Pueblo Guaraní, por la venta de esa propiedad registral relevada dentro del territorio indígena por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en 2012. En un fallo del 9 de enero pasado, la jueza federal Soledad Ivana Hernández ordenó suspender la venta "hasta tanto se dicte sentencia definitiva (...) sobre el fondo de la cuestión".
En los resultandos del fallo, la jueza Hernández destacó que "la comunidad Yariguarenda jamás fue notificada" antes de ser publicado el edicto del BNA por la venta de las 11 hectáreas y fracción dentro del territorio colectivo indigena. Consideró que la acción llevó a las y los comuneros guaraníes a interpretar que la venta se realizó en "contra (del) derecho a consulta previa y participativa".
La magistrada concluyó que, de concretarse el trámite de venta del inmueble, "sería claramente lesivo y restrictivo" a los derechos consagrados en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT, al que el Estado argentino adhirió por ley 24.071. También rescató que la Comunidad aludió en la demanda que la ley 26.160 se encuentra plenamente vigente hasta diciembre de 2025.
INFORME y WEB: Josefina Adrover
EMISORA: LRA4 - Radio Nacional Macacha Güemes