Dispone topes a los honorarios inmobiliarios, establece un sistema de garantías a través de organismos del Estado e incrementa impuestos a quienes tengan inmuebles en desuso.
El artículo Nº 1establece que el objetivo es “proteger al locatario garantizando el cumplimiento del acceso a la vivienda digna”.
“Su aplicación será exclusiva para los actos de corretaje inmobiliario celebrados en la Provincia que tengan como fin ceder el uso y goce de un inmueble con destino a vivienda contra el pago de un precio determinado en dinero”, señala luego.
A su vez propone la modificación del artículo 8º inc. a) de la ley 9.739 y dispone que “en los contratos de locación de inmuebles con destino a vivienda, los honorarios no podrán superar el cinco por ciento del total del contrato y del tres por ciento cuando se renueve.”
La iniciativa además establece que “el Estado, mediante IAPS y/o IAPV y/o el organismo que determine el Poder Ejecutivo, impulsará y fomentará el otorgamiento de seguros de caución y/o el desarrollo de programas de garantías con destino a locación de inmuebles para viviendas, sujetos a tasas diferenciales para aquellas personas que no cuenten con ingresos formales, perciban ingresos inferiores al salario mínimo vital y móvil”.
También propone distintas modificaciones al Código Fiscal que benefician a los inquilinos e incorpora un artículo que ataca a la eventual especulación de los propietarios, sobre lo cual preciaron: “Aquellos inmuebles urbanos edificados que se encuentren deshabitados y sin causa justificada por el término superior a un año estarán sujetos a la aplicación de un adicional, que puede ir entre el 50 y el 200 por ciento, al Impuesto Inmobiliario y que deberá ser determinado por la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Se presumirá la desocupación del inmueble cuando el consumo de los servicios públicos sea nulo o inferior conforme lo establezca el ente recaudador”.
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