Marciano Martínez, a cargo del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos, valoró la aplicación de juicio por jurados en la provincia. Dijo que “es la participación del pueblo en el Poder Judicial, que juzga a sus semejantes” y opinó que “es una reforma parecida a la que en 1912 hizo el presidente Sáenz Peña al dictar la ley electoral que permitió al pueblo elegir sus autoridades”. Asimismo, recordó que “la Constitución Nacional dictada en Santa Fe en 1853 en tres artículos establece el mandamiento constitucional que el Congreso debe dictar a la ley de juicio por jurados y nunca se hizo”.
Más adelante, sostuvo que con el tribunal popular “no se juzga desde el sentido común, se juzga con emoción y razonabilidad. Si a usted la sientan en el jurado, ve la producción de la prueba, qué dicen los testigos, los peritos, los médicos, usted va a resolver en función de lo que escucha, no en función de lo que piensa o leyó en los diarios”, remarcó.
“Hay más incidencia en la prensa, en un juez que sabe un año antes sobre la causa, que un jurado sin saber a quien va a juzgar, se le advierte que no tiene que tener en cuenta a la prensa”, remarcó.
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