El titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2, Esteban Furnari, rechazó la apelación del Gobierno de la Ciudad contra su decisión de enviar las actuaciones por la presencialidad en las clases a la Corte Suprema de Justicia.
Furnari fundamentó su decisión en que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación conoce en las cuestiones de competencia y los conflictos que en juicio se planteen entre jueces y tribunales del país que no tengan un órgano superior jerárquico común”.
“En la resolución apelada se dispuso la remisión de todo lo actuado al máximo tribunal, lo cual ya ha sido cumplido respecto de algunas causas en trámite”, aclaró el magistrado y dispuso: “Elévese, sin más trámite, las presentes actuaciones a la Corte Suprema”.
El juez federal, para tomar esta decisión, invocó el decreto-ley 1285, que en su artículo 24, inciso 7, establece que los conflictos de competencia entre jueces y tribunales, sin órgano superior en común, “serán resueltos por la cámara de que dependa el juez que primero hubiese conocido”.
La Corte no tiene plazos procesales para definir los expedientes pero en este caso, cuando se declaró competente para analizar el pedido de presencialidad de la Ciudad, aclaró que hará un trámite acelerado, tal como dispone el Código Civil, si "la naturaleza de la cuestión y la prueba ofrecida" lo permite.
Está pendiente de resolución la "inhibitoria" que solicitó el Estado Nacional, a través del Procurador del Tesoro, Carlos Zannini, para que los tribunales porteño se abstengan de intervenir en los alcances del decreto 241, tal como hizo la sala IV de la Cámara en lo Contencioso y Administrativo y Tributario de la Ciudad cuando ordenó que las escuela siguieran abiertas.
En relación a este tema, la jueza del fuero penal federal, María Servini, recibió dos denuncias, una de la abogada Valeria Carreras contra Larreta por "violación de medidas para la propagación de una epidemia y asonada", y otras también de un abogado, Federico Paruolo, contra Mauricio Macri por presunta "instigación a cometer delito, resistencia o desobediencia a funcionario público y violación de medidas para la propagación de una epidemia".
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