Lucy Grimalt, responsable del Programa de Salud Sexual y Reproductiva de Entre Ríos, celebró la publicación del protocolo completo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Dijo sentirse “emocionada” por este nuevo paso que consolida derechos y remarcó que el protocolo establece una guía de cómo realizar esa práctica en salud”. Asimismo, explicó que están obligados a cumplirlo los sistemas público, privado y obras sociales.
En el protocolo que dio a conocer el gobierno nacional se detallan lo derechos y obligaciones de pacientes, médicos e instituciones de salud, en el marco de la nueva ley que permite esta práctica hasta la semana 14 de gestación, inclusive.
El protocolo de IVE implica:
El personal de salud, incluyendo el administrativo y de seguridad, es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a la práctica. No puede haber una negación, en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
El equipo de atención debe asegurar la creación y preservación de un ambiente de confianza e intimidad durante el proceso, y no debe difundir la información solicitada y toda aquella que se consigne en la historia clínica.
Se debe asegurar la capacitación al personal de la institución, para que conozca su responsabilidad en la privacidad y en la confidencialidad. Como también se debe garantizar que en la práctica sólo participen los integrantes del equipo de salud que sean necesarios para llevarla adelante.
Las personas con capacidad de gestar, con y sin discapacidad, pueden tomar sus propias decisiones respecto al ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva.
Hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional, se puede realizar un aborto sin explicitar los motivos de la decisión. Así como en el caso de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente, o en el caso que esté en peligro la vida o la salud del solicitante.
Las personas de 16 años o más pueden otorgar por sí mismas su consentimiento, en casos tanto de IVE como de ILE, y puede firmar la declaración jurada requerida para la interrupción de un embarazo producto de una violación (en caso de que corresponda) sin que se requiera asistencia de ninguna persona.
Los adolescentes de entre 13 y 16 años pueden brindar su consentimiento en forma autónoma, si se trata de prácticas que no representen un riesgo grave para la persona. Caso contrario, deberán contar con la asistencia de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos.
Los menos de 13 años deberán ser acompañados por un adulto, quien debe participar en conjunto en la toma de decisiones firmando a su vez el consentimiento requerido.
Las personas con discapacidad tendrán el apoyo necesario, para una decisión autónoma y brindar o no su consentimiento, de una o más personas de su confianza, ya sea de la familia, la comunidad, el equipo de salud o las instituciones de protección de derechos.
Puede quedar exceptuado de realizar el aborto, el profesional médico desea “mantener su decisión en todos los ámbitos, público, de la seguridad social o privado, en los que ejerza su profesión” y “derivar de buena fe” al paciente para que sea atendida por uno de sus colegas.
La normativa, que fue aprobada en diciembre de 2020, fue presentada por el Ministerio de Salud este viernes mediante un acto virtual, que estuvo encabezado por la ministra Carla Vizzotti y la directora nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Valeria Isla, y acompañado por otras funcionarias nacionales, coincide además con el Día de Acción por la Salud de las Mujeres.
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