La Sala I de la Cámara de Casación Penal bonaerense absolvió la semana pasada y dispuso la inmediata libertad de Rosalía Reyes, quien había sido condenada en febrero del 2020 a 8 años de cárcel por no brindarle la asistencia necesaria a su hija recién nacida para que no muera, tras sufrir una hemorragia en el parto que tuvo en su casa de la localidad bonaerense de Argerich.
-Se le impuso este estereotipo de “buena madre” con estereotipos fuera de contextos reales –dijo la abogada Julieta Lazarte, quien integró el equipo de defensoras que asistió a Rosalía.
A mediados de 2005, Rosalía Ester Reyes trabajaba en el frigorífico de pollos Gleba, ubicado en la localidad de Argerich, un pueblo a 30 km de Bahía Blanca.
Rosalía criaba sola a 4 hijes y cursaba el 9° mes de un embarazo que había ocultado por muchas razones, entre ellas el miedo a perder su empleo.
El 18 de mayo de 2005 fue a trabajar como todos los días. Luego de las 16 horas de rutina en el frigorífico, volvió a su casa, le avisó a su hija de 11 años que no se sentía bien y se fue a acostar. Estaba descompuesta, con dolores muy fuertes porque se había adelantado un mes el trabajo de parto. Fue al baño y, con 2 contracciones nació la bebé. Rosalía se desmayó.
“Cuando me desperté, me paré y estaba mi cordón tirado, todo lleno de sangre. No entendía nada, con un cuchillo corté el cordón, me ayudó mi hija, pero mi bebé estaba fría. La alcé en mis brazos, fui y me acosté con ella, pero ya estaba sin vida”, recuerda Rosalía.
-Sería conveniente reparar todo lo que vivió esta mujer en este tiempo porque el Estado siempre la abandonó –dijo Lazarte.
El fallo aceptó la apelación de la abogada defensora Fabiana Vannini y revocó la resolución del Tribunal en lo Criminal N° 3 de Bahía Blanca que la condenaba por homicidio agravado por el vínculo. Los jueces de Casación argumentaron que la sentencia del tribunal bahiense no introdujo la perspectiva de género ni consideró el contexto de vulnerabilidad de la mujer.
"Nos enfrentamos a una causa en donde las condiciones personales y familiares, sociales y económicas de la imputada la ubican en un contexto de vulnerabilidad que debió ser evaluado para interpretar y juzgar los hechos, brindando un tratamiento diferenciado que supone incorporar perspectivas específicas de género, tal como lo dispone la Constitución Nacional y la normativa de derechos humanos incorporada a nuestro ordenamiento jurídico interno", dice la sentencia.
-Ella se veía como culpable, pero con el tiempo también fue entendiendo que era una víctima de este mandato que se le había impuesto. Ella pensaba “me lo merezco, soy responsable” –agregó Lazarte.
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