El viernes 1° de mayo entro en vigencia la resolución nacional que incorporó al listado de excepciones para circular a padres y madres separados para que puedan llevar a sus hijes a la casa del progenitor no conviviente o de otro referente afectivo. El traslado se podrá realizar una vez cada siete días y portando la correspondiente declaración jurada.
En diálogo con Radio Nacional Córdoba la abogada Mayca Balaguer explicó los alcances de la disposición.