Así lo expresó la abogada Alejandra Tolosa, al ser consultada sobre la resolución del juez Marcelo di Biase de Chubut que rechazó el juicio abreviado propuesto por el fiscal Fernando Rivarola, en la causa de la violación grupal ocurrida en Playa Unión en el 2012.
La letrada opinó que al juez "no le bastan las pruebas y que la calificación de los hechos debe ser acorde al delito cometido".
Tolosa, que además integra organizaciones en defensa de los derechos de las mujeres, consideró fundamental señalar que "por el principio constitucional de igualdad, el fiscal o el juez no pueden cambiar una calificación de delitos como quieran. No se pueden vulnerar los derechos básicos de la víctima, es decir el delito se debe castigar de acuerdo a la prueba".
Tolosa criticó además el pedido de disculpas público de la antropóloga feminista Rita Segato hacia Rivarola por el uso de la frase "desahogo sexual" y en ese sentido dijo que "me cayó muy mal, me pareció imprudente."