Fernán Poidomani, responsable del Área de Lealtad Comercial de Entre Ríos, lamentó que en la provincia no se haya actualizado la ley, que sí avanzó a nivel nacional, ofreciendo la posibilidad a los consumidores de resolver situaciones, al ser perjudicados por el actuar de las empresas que no responden a lo acordado ante una venta. En otro sentido, explicó cuáles son los pasos a seguir ante una situación de utilización de tarjetas de créditos por personas que accedieron a tales datos personales del titular del plástico, y concretaron compras en el exterior, en la moneda de dicho país. Al recibir el resumen de la tarjeta, el titular del plástico tiene 30 días para informar a la entidad bancaria e “impugnar los consumos”, sobre el presunto hecho fraudulento.
Poidomoni, se refirió a la legislación en materia de derechos del consumidor en Entre Ríos, provincia pionera en 1995 con una ley modelo a nivel nacional que receptaba los derechos de los consumidores de la provincia. Sin embargo, en 2008 la Nación avanzó en al ley nacional, otorgándole algunos derechos a los consumidores, denominado daño directo. “Por falta de actualización de la ley provincial hoy los consumidores entrerrianos no pueden resarcir los daños que les generan las empresas, en sede administrativa”, dijo.
“Cualquier legislador puede presentar un proyecto que modifique un artículo” de la ley, señaló Poidomani.
En otro sentido, explicó que desde el momento de la impugnación de los consumos, aplica el seguro y comienza una investigación la cual demostrará si las compras fueron realizadas por la persona titular de la tarjeta o no. “Son muy fáciles de esclarecer los fraudes cuando hay consumos en el exterior y no hay salida de la persona desde el país”, indicó. El consumidor, sino obtiene respuesta favorable por el bando puede acercarse a la Defensa del Consumidor.
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