SENADOR MIGUEL CALABRÓ SALTA

Proyecto de ley sobre manejo del fuego para la provincia

"Este proyecto de ley propone declarar de interés provincial el manejo del fuego, la prevención y la supresión de incendios forestales y rurales. Propone que el Poder Ejecutivo Provincial determine la autoridad de aplicación de la Ley Nacional Nº 26.815, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental, en todo el territorio provincial.

Esta autoridad de aplicación tendrá como funciones: ejercer la representación ante el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), así como celebrar los convenios de cooperación necesarios para garantizar la prevención, definir las áreas de peligro, los niveles de priorización, las estructuras y medios necesarios para el control y extinción de los incendios forestales y rurales; organizar un sistema de detección, comunicación, alarma y despacho; implementar dispositivos de ataque inicial y ampliado en el combate de incendios; coordinar el soporte logístico, la sanidad y la seguridad de los operativos; promover la investigación de las causas de los incendios, entre otras.

Por otra parte, prevé que se deberá elaborar anualmente un Plan Provincial del Manejo de Fuego, que deberá contener la planificación de actividades específicas y la asignación de roles y funciones para la concreción de los objetivos de la Ley 26.815; las condiciones para la intervención en cada uno de los niveles de actuación; las medidas operativas de prevención, presupresión y supresión, de acuerdo con el grado de peligro de incendios; los métodos de cuantificación y la evaluación de siniestros.

También propone que se deberá establecer un Sistema Provincial y Regional de Alerta Temprana y Evaluación de Peligro de Incendios, en colaboración con otras jurisdicciones provinciales de la región, y tendrá que darle amplia difusión.

También establece los puntos fundamentales para la realización de una denuncia sobre este hecho y la autorización para que las tareas de extinción de incendios puedan llevarse adelante aún en ausencia del propietario, poseedor u ocupante. Y esta ley establece las situaciones en las cuales se brindará autorización para el uso del fuego y las sanciones e infracciones en casos de mal manejo", nos dijo el Senador provincial por el departamento La Caldera, Miguel Calabró, en el programa Saltando la Siesta de la radio pública.

 

PROGRAMA: Saltando la Siesta

CONDUCE: Luis Gómez

DEPORTES: Fernanda Navarro, Angie Santillán y Ariel Fernández

PRODUCCIÓN y WEB: Josefina Adrover

REDES: Manuel Fernández

EMISORA: LRA4 – Radio Nacional Salta

DÍAS DE EMISIÓN: De lunes a viernes de 14 a 16 hs.