
El abogado especializado en Derecho del Trabajo y profesor de la Universidad Austral, Gonzalo Ruiz Díaz, explicó los principales aspectos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), uno de los mecanismos incorporados por la Ley de Modernización Laboral, cuya entrada en vigencia fue postergada del 1 de noviembre al 1 de diciembre.
En diálogo con Nico Yacoy y el equipo de Radio Nacional, Ruiz Díaz señaló que el nuevo sistema permitirá a las empresas constituir un fondo para afrontar los costos derivados de la finalización de las relaciones laborales.
“Este Fondo de Asistencia Laboral es como una suerte de alcancía obligatoria”, explicó, al destacar que los empleadores deberán realizar aportes mensuales para disponer de recursos ante eventuales indemnizaciones y otras obligaciones laborales.
El especialista aclaró que el FAL no modifica los derechos indemnizatorios de los trabajadores. “No elimina, ni achica, ni modifica, ni reduce la indemnización por despido”, remarcó.
En ese sentido, precisó que el mecanismo cambia la forma de financiar las indemnizaciones, pero no los montos que corresponden al trabajador. Además, destacó que puede resultar especialmente útil para las pequeñas y medianas empresas, que muchas veces enfrentan dificultades para afrontar estos costos.
Ruiz Díaz explicó que el sistema será obligatorio para todos los empleadores del sector privado, con excepción del personal de casas particulares y los trabajadores de la construcción, que cuentan con regímenes específicos; tampoco alcanzará al sector público.
Respecto de los aportes, detalló que las pymes deberán destinar el 2,5% de su masa salarial mensual, mientras que las empresas que no se encuadren en esa categoría aportarán el 1%.
Los fondos serán administrados por entidades habilitadas y supervisadas por la Comisión Nacional de Valores.
Como ejemplo, indicó que una pyme con diez empleados y una masa salarial de 20 millones de pesos deberá aportar 500.000 pesos mensuales, lo que le permitirá acumular seis millones de pesos en un año.
El abogado también explicó que las empresas deberán realizar al menos doce meses consecutivos de aportes antes de poder utilizar el fondo.
Los recursos podrán destinarse a indemnizaciones por despido, preavisos, acuerdos de desvinculación y otras situaciones contempladas por la normativa, pero no podrán utilizarse ante la renuncia voluntaria del trabajador.
Otro de los puntos que destacó es que el mecanismo no representará un costo adicional para las empresas, ya que los aportes al FAL se descontarán de las contribuciones patronales que actualmente realizan al sistema de seguridad social.
“Es obligatorio, pero no es un sobrecosto”, sintetizó Ruiz Díaz, quien consideró que la herramienta busca facilitar la previsión de los costos laborales y contribuir a generar mejores condiciones para el empleo privado.





